¿ES CUESTIÓN
DE GÉNERO?
La compensación económica por la dedicación al trabajo del hogar y de cuidados, o por la doble jornada, busca reparar el perjuicio económico que cualquiera de las personas integrantes de la pareja hubiera resentido debido al tipo de trabajo desempeñado.
En ese sentido, el mecanismo de compensación puede ser solicitado en vía judicial indistintamente por cualquiera de las personas en la relación, sin que importe su género; lo primordial es que haya desempeñado los quehaceres del hogar y cuidados en la dinámica familiar.
“Lo jurídicamente relevante es que la persona en cuestión haya asumido las cargas domésticas y de cuidados en mayor medida que la otra, en detrimento de sus posibilidades de desarrollarse con igual tiempo, intensidad y diligencia en el mercado laboral convencional”.
Véase Amparo Directo en Revisión
4906/2017, párrafo 49. Lee la sentencia
No obstante, La Corte ha señalado que es a las mujeres a quienes, de manera desproporcionada, impacta la eventual disparidad económica que resulta de la repartición desigual de las responsabilidades al interior del núcleo familiar:
"La realización de dichas tareas está asignada a las mujeres a través de una estereotipación sobre su sexo, es decir, se les adscribe el rol de amas de casa y madres, por el sólo hecho de ser mujeres. Y por el sólo hecho de ser mujeres, se espera que realicen las labores domésticas y de cuidado, independientemente de si desempeñan un empleo o profesión fuera del hogar. Las mujeres, al realizar de manera exclusiva las labores domésticas y de cuidado, están realizando el género".
"[…] la protección y garantía del derecho al cuidado no puede recaer exclusivamente en las personas en lo individual, sino que debe ser una responsabilidad compartida por todos los sectores de la sociedad, donde el Estado tiene un papel preponderante en la configuración de un sistema colectivo que reorganice y redistribuya equitativamente el trabajo de cuidados. Lo anterior considerando que tradicionalmente los cuidados —de manera destacada, los no remunerados—, han recaído de manera desproporcionada en las mujeres, lo que ha implicado una distribución inequitativa en su cobertura".
En promedio, los hombres dedican 53.3 horas de trabajo a la semana, entre el remunerado y el no remunerado; y las mujeres dedican 59.5 horas. Es decir, las mujeres trabajan 6.2 horas más.



Del tiempo total de trabajo, los hombres dedican a la semana el 69% de las horas al trabajo para el mercado; por su parte, las mujeres dedican el 31% de su tiempo a actividades remuneradas.
Fuente: INEGI, INMUJERES (2019), Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT) 2019. Presentación de Resultados, México.

¿Sabías que…?
El Premio Nobel de Economía 2023 fue otorgado a Claudia Goldin quien, a través de métodos innovadores en historia económica, demostró la existencia de factores que contribuyen a la desigualdad de género dentro del mercado laboral.
El factor que se encuentra en el centro de su análisis y conclusiones es que las mujeres, al asumir frecuentemente mayor responsabilidad en el trabajo del hogar y de cuidados, ven limitadas sus posibilidades para acceder a un trabajo remunerado y a mayores ingresos.
Sus modelos económicos, sin duda, contribuirán a hacer visibles y comprensibles estos fenómenos para el diseño de políticas públicas que puedan abatirlos en pro de la igualdad
Conoce un poco más aquí(Versión disponible en inglés)
